DOI: https://doi.org/10.71112/hsxp9089
594 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 4, 2026, octubre-diciembre
tensión del conflicto, simplemente lo plasma en un diálogo verificable con plazos, cantidades y
responsabilidades. Con una dirección clara, el trabajador dispone de mayores recursos frente a
sus derechos y el empresario puede medir el coste legal y económico de prorrogar el conflicto.
También aquí la simetría de información fortalece la autonomía en la decisión.
De la misma forma, la calidad del trabajo del conciliador determina la probabilidad de
llegar a pactos. Las buenas prácticas son la escucha activa, la reformulación neutral, las
preguntas sobre intereses, la localización de coincidencias o la construcción artificial de
alternativas. Estos saberes buscan poseer unos conocimientos laborales vigentes, una
capacidad de evidenciar desigualdades y, por último, una habilidad para redactar sin errores las
actas. El estudio comparativo pone de manifiesto que la táctica del mediador y el grado de
confianza que inspira son determinantes en cumplir con el objetivo de poder trocar posturas
inflexibles por opciones factibles (Cea et al., 2023).
Por tanto, la efectividad no sólo se debe evaluar a partir de los pactos. La legalidad, el
tiempo requerido, la ejecución, la satisfacción de las partes y la no emergencia de nuevas
díadas también poseen un cierto interés transaccional y un empuje. Un pacto rápido, pero, por
el contrario, vago puede arrojar la disputa a la ejecución, mientras que un contrato en el que
entren en juego cantidades determinadas, plazos, forma de pago y consecuencias por
incumplimiento ofrece la mayor seguridad posible. La evaluación de resultados en dimensiones
múltiples permite valorar la conciliación como un cierre y no como cifras aisladas (Rymanov &
Bocharova, 2019).
Marco jurídico y función institucional de la Junta N.º 10
La Junta, en cuanto a su contenido normativo, se fundamenta en la garantía del trabajo
constitucional, el acceso a la justicia y el debido proceso (Constitución Política de la República
de Panamá, 1972). Dichas garantías implican que la audiencia ha de ser clara, imparcial y
respetuosa con la dignidad de las personas que comparecen. El acuerdo al que se llega en el