DOI: https://doi.org/10.71112/fxqyqz52
2675 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 3, 2026, julio-septiembre
maternidad de manera responsable. La carga de las responsabilidades familiares, el cuidado
de hijos, adultos mayores o personas con discapacidad ha recaído históricamente de manera
desproporcionada sobre las mujeres, puesto que se ha ido avanzando paulatinamente a través
de estereotipos de género, limitando su participación plena en el mercado laboral, su acceso a
formación, promoción y remuneración equitativa respecto a los varones (Barboza Hurtado,
2019). Esta realidad ha generado en su momento de forma contundente una “triple
discriminación”: la mujer es encasillada como cuidadora exclusiva; el padre resulta invisibilizado
en su rol parental de proveedor; y el menor se ve privado del cuidado equitativo de ambos
progenitores debido a los estereotipos establecidos por la estructura social (Beyá González,
2025; Camacho Vega, 2018).
El ordenamiento peruano ha progresado considerablemente mediante la ratificación del
Convenio 156 de la OIT sobre trabajadores con responsabilidades familiares (OIT, 1981), la
derogada Ley N° 28983 (Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres) y su
sucesora, la Ley N° 32535 de 2025, que taxativamente incorpora la promoción de la
conciliación de la vida familiar y laboral. En esa línea, se regulan licencias por maternidad (Ley
N° 26644, 1996), paternidad (Ley N° 29409, 2009, modificada por la Ley N.° 30807, 2018),
lactancia, adopción y teletrabajo (Ley N° 31572, 2022) (MIMP, 2023; Sunafil, 2026). El objetivo
de este artículo es realizar un análisis teórico-documental del marco jurídico peruano sobre la
conciliación o equilibrio en clave de igualdad entre varones y mujeres. Se emplea un método de
revisión documental de normas, doctrina y estudios especializados, cuyos resultados se
sistematizan en tablas (Anderson, 2011; Espinoza Escobar, 2021).