DOI: https://doi.org/10.71112/rybcxw43
1086 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 3, 2026, julio-septiembre
Marco jurídico y gobernanza fronteriza
El análisis de la mortalidad migrante en el corredor Sonora-Arizona requiere incorporar
una perspectiva jurídica que permita comprender las responsabilidades de los Estados frente a
la protección de la vida y los derechos humanos de las personas en movilidad. Si bien la
mortalidad en contextos migratorios suele asociarse a factores ambientales, como las altas
temperaturas, la deshidratación o las características del terreno desértico, desde el derecho
internacional de los derechos humanos estas muertes también deben analizarse a partir de las
obligaciones estatales de prevenir riesgos previsibles, garantizar el acceso a mecanismos de
protección y adoptar medidas razonables para salvaguardar la vida de las personas bajo su
jurisdicción o en contextos de movilidad transfronteriza.
La gobernanza fronteriza constituye el conjunto de normas, instituciones y políticas
mediante las cuales los Estados regulan el ingreso, tránsito y permanencia de personas en su
territorio. En las últimas décadas, este modelo ha incorporado crecientemente enfoques de
seguridad nacional orientados al control de los flujos migratorios mediante el fortalecimiento de
la vigilancia, la infraestructura fronteriza y los mecanismos de disuasión. No obstante, dicho
modelo debe desarrollarse dentro de los límites establecidos por el derecho internacional, el
cual reconoce que la facultad soberana de los Estados para controlar sus fronteras no es
absoluta, sino que debe ejercerse respetando los derechos fundamentales de todas las
personas, independientemente de su nacionalidad o situación migratoria.
En el caso mexicano, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
reconoce el principio de universalidad de los derechos humanos y establece la obligación de
todas las autoridades de promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos conforme a los
principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Este marco
constitucional se complementa con la Ley de Migración y la Ley sobre Refugiados, Protección
Complementaria y Asilo Político, las cuales reconocen derechos para las personas migrantes,