Forma Descripción generada automáticamente
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Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias
Volumen 3, Número 2, 2026, abril-junio
DOI: https://doi.org/10.71112/vz1eks51
EL ESTUDIO DE CASO EN LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA: UNA METODOLOGÍA
PARA LA COMPRENSIÓN PROFUNDA DEL DERECHO
THE CASE STUDY IN LEGAL RESEARCH: A METHODOLOGY FOR A DEEP
UNDERSTANDING OF LAW
Noé Alejandro Villarreal Alberola
Panamá
DOI: https://doi.org/10.71112/vz1eks51
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El estudio de caso en la investigación jurídica: una metodología para la
comprensión profunda del derecho
The case study in legal research: a methodology for a deep understanding of law
Noé Alejandro Villarreal Alberola
a,*
noe.villarreal@up.ac.pa
https://orcid.org/0000-0002-6888-7766
*
Autor de correspondencia: noe.villarreal@up.ac.pa,
a
Universidad de Panamá, Panamá
RESUMEN
El presente trabajo persiguió como objetivo prioritario el analizar y sistematizar una propuesta
del valor metodológico del estudio de caso en la investigación jurídica, de tal suerte que sirviera
de guía conceptual, práctica y argumentativa para dar cuenta de la utilidad del estudio de caso
más allá de la definición tradicional que le lleva a ser entendido como simple expediente
judicial. Para tal efecto, se llevó a cabo una metodología de carácter cualitativa la cual se
apoyó, en cuanto a sus fuentes doctrinales, en el manejo, unificación y paráfrasis de tales
bases académicas a lo largo de la propuesta, pero complementándose también con un enfoque
analítico y explicativo que se dirigió necesariamente a la idea de reconstruir la noción de caso,
sus componentes, elementos, taxonomía, funciones y herramientas para su aplicación en el
propio derecho. El estudio de caso mismo fue exhibido a su vez en la propuesta con un ejemplo
aplicado mediante un caso de homicidio culposo en el sistema penal panameño, lo cual
contribuyó a dar cuenta de cómo operaría dicha metodología en una situación jurídica
determinada. Se encontró entre sus hallazgos principales que el estudio de caso tiene la
clarísima capacidad para articular, a la vez, hechos, normas, actores, contextos e instituciones
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en el seno de una unidad de análisis compleja, lo que le permite describir fenómenos jurídicos,
para contextualizarlos, humanizarlos, y articularlos a tónicas o disciplinas. En consecuencia, el
estudio de caso se optimizará como metodología especialmente adecuada para fortalecer la
investigación jurídica contemporánea, no solo porque representa un camino ante la variedad
conceptual del derecho como fenómeno social (mejorando por tanto la solidez argumentativa
del investigador), sino que permite hacer posible la aproximación a problemas jurídicos
concretos, rigurosos, críticos y con un contexto más extenso.
Palabras clave: Metodología; investigación aplicada; investigación empírica; derecho;
enseñanza jurídica; teoría legal, juristas.
ABSTRACT
The present work had as its primary objective the analysis and systematization of a proposal
concerning the methodological value of the case study in legal research, in such a way that it
would serve as a conceptual, practical, and argumentative guide to demonstrate the usefulness
of the case study beyond its traditional definition, which tends to understand it as merely a
judicial file.
To this end, a qualitative methodology was employed, which relied on its doctrinal sources on
the handling, unification, and paraphrasing of such academic foundations throughout the
proposal. This was complemented by an analytical and explanatory approach aimed at
reconstructing the notion of the case, its components, elements, taxonomy, functions, and tools
for its application within the field of law.
The case study was also presented in the proposal through an applied example involving a case
of negligent homicide within the Panamanian criminal justice system, which helped illustrate
how this methodology would operate in a specific legal situation.
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Among its main findings, it was determined that the case study has a clear capacity to
simultaneously articulate facts, norms, actors, contexts, and institutions within a complex unit of
analysis. This allows it to describe legal phenomena, contextualize them, humanize them, and
connect them with broader frameworks or disciplines.
Consequently, the case study is optimized as a particularly suitable methodology for
strengthening contemporary legal researchnot only because it offers a pathway to address
the conceptual diversity of law as a social phenomenon (thereby improving the researcher’s
argumentative rigor), but also because it enables a more concrete, rigorous, and critical
approach to legal problems within a broader context.
Keywords: Methodology; applied research; empirical research, law; legal education; legal
theory; jurists.
Recibido: 24 abril 2026 | Aceptado: 10 mayo 2026 | Publicado: 11 mayo 2026
INTRODUCCIÓN
En principio, la investigación jurídica actual requiere del profesional del derecho, una
capacidad de análisis que exceda la mera lectura normativa o la aplicación mecánica de las
normas legales. Tanto el abogado de parte, como el juez, el abogado asesor o el académico se
ven obligados de manera continua a darle la interpretación a los hechos complicados, a
precisar las circunstancias concretas y a formular respuestas justificadas dentro del
ordenamiento jurídico. El análisis de caso es especialmente importante en este ámbito, ya que
nos ofrece la posibilidad de aproximarnos a las situaciones concretas desde una óptica crítica,
reflexiva y metodológicamente ordenada, favoreciendo así una comprensión más completa de
los problemas jurídicos.
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De esta forma, el análisis del caso no debe abarcar únicamente un análisis aislado del
expediente ni una identificación superficial de las normas aplicables. A la inversa, plantea un
proceso mental que incluye la reconstrucción de antecedentes remotos y próximos, la
determinación de los factores internos y externos, la consideración del contexto y la inspección
crítica de las particularidades que intervienen en los hechos que se convierten en el objeto de
estudio. Por ello, el caso jurídico es una unidad de análisis compleja, donde se entreverán
elementos normativos, sociales, institucionales y humanos, todos ellos necesarios para una
interpretación seria y fundada.
De la misma forma, a la hora de enunciar una hipótesis o explicar jurídicamente una
determinada problemática, se hace necesario el auxilio de la doctrina y de los enfoques
metodológicos que ha construido la comunidad científica. Dicha exigencia procura sustentar la
validez del análisis, y, además, permite inscribir el razonamiento jurídico en una argumentación
más robusta, coherente y verificable. De manera que el estudio de caso se proyecta como un
recurso provechoso para poder articular la particularidad de los acontecimientos de hecho con
la generalidad de la norma, y con el rasgo sistemático propio de la teoría jurídica.
Desde esta última óptica, el presente artículo se halla orientado a la unificación y a la
reelaboración a través de la paráfrasis académica, de dos documentos fundamentales sobre la
metodología del estudio de caso en la investigación jurídica. El objetivo principal del trabajo es
poder ofrecer un texto conciso, articulado y conceptualmente consistente; la guía que espera
un estudiante, un docente, un investigador que requiera comprender el valor metodológico de
esta estrategia en el marco del estudio del derecho. Se busca, en tal sentido, poner de
manifiesto que el estudio de caso se constituye en un recurso técnico de investigación, y
también, en un buen mecanismo para conseguir seguir ampliando el conocimiento integral de
los fenómenos jurídicos.
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Finalmente, el artículo desarrolla una reflexión sistemática sobre qué entiende el caso
como metodología de la investigación jurídica, sus componentes, sus contextos y tipologías, así
como las funciones que esta metodología puede cumplir en la investigación del derecho,
versará sobre las principales herramientas para su aplicación práctica y ofrecerá un ejemplo
concreto de su potencial en un espacio penal; todo ello con la finalidad de demostrar que el
estudio de caso es un recurso que puede reportar valiosos beneficios al ámbito de la
investigación jurídica, que puede reforzar la argumentación y que puede unir el conocimiento
del derecho a la vivencia social en la que este opera.
METODOLOGÍA
1. Definición de caso en la investigación jurídica
En la investigación jurídica, el estudio de caso exige, como requisito de carácter
metodológico inexcusable una delimitación conceptual muy seria del objeto que se quiere
estudiar. No basta con hablar de "caso", como si tuviera un significado unívoco, ya que este
término puede adoptar variadísimos significados en función del concreto lenguaje jurídico en el
que se haga alusión. Por eso, previo a la exposición o estudio de las funciones, instrumentos o
maneras prácticas, es preciso definir (en concreto, determinar empíricamente) cuál debe de ser
el concepto de "caso", cuál es su real alcance metodológico y en qué forma se erige en una
unidad válida de investigación.
1.1. El caso como expediente judicial
En la práctica jurídica habitual, el uso que se hace del caso es, en sí, para dar cuenta
de un expediente, de una controversia entre partes, de una consulta profesional, o incluso de
una sentencia que ya ha sido dictada (Almache et al., 2023). Sin embargo, esa polisemia, si
bien es bastante funcional en la práctica forense, es escasa cuando se intenta llevar a cabo
una investigación con pretensión científica. El jurista investigador no puede limitarse a aceptar
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el caso como documento cerrado, pues ello llevaría a que el análisis quedase reducido a la
forma, todo ello sin contar con aquellos elementos del contexto que determinan la producción,
interpretación y aplicación del derecho.
Desde una concepción tradicional o dogmática, el caso ha sido con frecuencia
interpretado como un producto judicial acabado, centrado en la argumentación del juez y en la
forma en que este aplica la norma al caso concreto (Chacha et al., 2021). En tal lectura, el
interés queda centrado en la resolución jurisdiccional y en su eventual aporte al sistema de
fuentes o al desarrollo del dogma; pero esa lectura restringida excluye en ocasiones las
cuestiones sociales, económicas, institucionales y humanas que son de relevante importancia
para poder captar la verdadera dimensión jurídica del caso debatido.
Por lo tanto, una perspectiva metodológicamente más exigente implica abandonar la
identificación automática ya expuesta entre caso y expediente y hacer del caso, desde la
modalidad de la investigación, una realidad problemática delimitada, presente en las prácticas
jurídicas y merecedora de análisis profundo y no simplemente leerla como el resultado del
procedimiento contencioso, reflexión de las opiniones enfrentadas que las personas tenían en
ese momento. Esta ampliación del concepto de caso es la que permite, por un lado, la
recuperación del derecho como práctica concreta observada y cómo se dan las
manifestaciones del derecho, cómo interactuarán los actores, los hechos y las normas en un
espacio social determinado, lo que profundiza el contenido de la investigación, la cual no se
presenta como una de esas miradas reduccionistas.
1.2. El caso como fenómeno empírico y sistema de análisis
Desde la investigación jurídica empírica el caso no acaba en la decisión judicial ni en
la exposición que presenta el expediente judicial, sino que va a ser entendido como un
fenómeno contemporáneo, delimitado y observable en su contexto natural el cual exige que se
lo estudie con una visión integral. Esta misma noción permite considerar como caso no solo
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una decisión jurisdiccional, sino una institución, o un conflicto social o una política pública, o
llegar a una comunidad o un proceso normativo en particular, siempre que exista una pregunta
de investigación como guía que justifique la elección o delimite la observación (Carrillo Pérez,
2024).
Bajo esta noción el caso se presenta como un sistema integrado que, compuesto por
actores, reglas, estructura, dinámicas internas y condicionantes externas, realiza las
interacciones marcadas desde la observación. Por lo que el investigador jurídico no se limita a
saber de la existencia de hechos o normas, más bien, quiere ir desentrañando la lógica interna
del fenómeno de la propia investigación haciendo avanzar la misma hacia una compresión
estructural del problema observando tanto a los elementos visibles del conflicto como a los
elementos que explican su constitución, desarrollo y posibles consecuencias dentro del orden
jurídico y social.
Por ello, la pregunta de investigación se transforma en la clave delimitadora del caso.
No se inicia a partir del caso como un dato cerrado, sino a partir de la pregunta jurídica que
orienta su selección, su recorte y su profundidad de análisis. Así, si el interés recae en la forma
en que aplica el tribunal una nueva norma, el caso será el órgano jurisdiccional y su práctica
decisional; si el interés recae en lo que nos dice la reacción de la comunidad frente a una
concesión del Estado, el caso será el conflicto socio-legal. La delimitación adecuada garantiza
la pertinencia, la coherencia y la validez interna.
2. Componentes, contexto y tipología del estudio de caso.
Una vez establecido el componente conceptual del caso, el siguiente paso es
identificar sus componentes analíticos y el contexto desde el que cobra sentido. Ningún estudio
de caso se puede llevar a cabo con rigor, sin delimitación de sus componentes, de los vínculos
que los articulan y del contexto que se puede ver como determinante de su desarrollo. A este
punto se relaciona con la necesidad de clasificar el tipo de caso que se investiga, puesto que la
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consideración de caso tiene un valor metodológico diferente en función de la finalidad de la
investigación, del tipo de fenómeno y del grado de generalización que se busca.
2.1. Componentes y preguntas orientadoras para el análisis.
Todo estudio de caso debe iniciarse con preguntas orientadoras que ayuden a acotar
el objeto de conocimiento. Preguntas como por qué se estudia, quiénes participan, dónde se
produce, cuándo se realiza (investigación), por qué resulta merecedora de estudio, por cuáles
resultados puede ser susceptible, son aquellas que desempeñan una función ordenadora
(Martínez, 2023). Las preguntas tienen efectos ordenadores de la recogida de información,
pero también van a permitir el comienzo de categorías iniciales de análisis. De modo particular,
en la vertiente jurídico-positiva, va a resultar útil para evitar aproximaciones difusas y fijar desde
el mismo inicio, los límites materiales, subjetivos, temporales y espaciales del caso que ha sido
seleccionado.
No obstante, la identificación de los componentes requiere también individualizarlo
como la suma de variables que la integran. A través de la identificación de las variables que
toman parte es posible llegar a la definición de un concepto determinado. Las variables pueden
ser de carácter personal, territorial, técnico, institucional o normativo en función del tipo de
fenómeno que se haya analizado (Aguirre & Pabón, 2023). En el ejemplo de una cuestión
relacionada con la educación virtual, tales variables pueden ser la edad de los alumnos, la
diferencia entre el medio urbano y el rural, la conectividad, el acceso a las tecnologías de la
información y la comunicación y los grupos de interés afectados. Cuando se trata del análisis
de un problema jurídico, el componente hace posible la construcción de hipótesis más precisas
y una progresiva aproximación al problema tratado.
En tal sentido, la tarea del investigador jurídico es la de clasificar, jerarquizar y
relacionar esos componentes de acuerdo con un criterio metodológico claro. No se trata de una
mera recolección de datos, sino de identificar cuáles resultan jurídicamente relevantes para dar
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respuesta a la pregunta planteada. Con ello, las cuestiones de partida dejan de ser un recurso
meramente describible y se convierten en los medios de estructuración del análisis. Su
formulación correcta ayuda a la validez del trabajo, evita desviaciones de la temática y
garantiza que las conclusiones sean la respuesta lógica del caso tratado.
2.2. Contexto y tipologías de caso de valor.
El contexto se debe integrar en la comprensión jurídica de cualquier caso. Ningún
fenómeno del derecho existe en vacío, ya que el conflicto siempre tiene unas coordenadas
históricas, económicas, sociales, culturales e institucionales que restringen su desarrollo.
Ignorar ese contexto implica aplicar el análisis del derecho como un sistema aislado, puramente
lógico y ajeno a la realidad (Guanoluisa et al., 2023). Asumir, por el contrario, el análisis de
caso implica responder a cómo los factores exógenos configuran el problema y cómo el
fenómeno del derecho afecta al entorno en el que se desarrolla.
El investigador, más allá del contexto, deberá establecer la tipología del caso en
función del valor que este le proporciona a la investigación. El caso intrínseco debe estudiarse
únicamente por su singularidad y el valor propio que ostenta, esto es, por su interés, sin
necesidad de ser proyectado a otra realidad que no sea la suya. El caso instrumental, por el
contrario, sirve de herramienta para entender un fenómeno que es de mayor amplitud o para
poder depurar teóricamente una determinada cuestión. El caso colectivo, finalmente, sobre
todo, a partir de varios casos individuales, persigue una finalidad de comparación, de detección
de patrones o de contraste de diferencias relevantes en torno a una cuestión jurídica.
De hecho, esta clasificación es más que un ejercicio teórico, es una decisión que
repercute en la metodología que se aplica y que tiene una gran trascendencia. El tipo de caso
que se escoja afectará de forma determinante la estrategia para la recogida de información, el
alcance de las inferencias y la forma de la presentación de los resultados. Un investigador que
trabaja el sistema de justicia panameño de manera singular se sirve de dicho sistema de una
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forma distinta a quien utiliza el sistema de justicia panameño para estudiar la puesta en práctica
de la oralidad civil. Por ello, la definición del sentido del caso hace que se articule
metodológicamente con la finalidad real del estudio y colabora al mismo tiempo para reforzar la
consistencia interna de la investigación.
3. Funciones del caso de estudio en la investigación jurídica
El caso de estudio no es una técnica restringida a la simple descripción de hechos
individuales, dado que, por el contrario, su verdadero sentido es el de poder desempeñar
diversas funciones en el ámbito de la investigación jurídica moderna. De hecho, permite
investigar fenómenos novedosos, describir prácticas institucionales, construir hipótesis,
construir explicaciones causales, volver a introducir lo humano y lo histórico en el marco del
análisis jurídico y, por último, facilitar el diálogo interdisciplinario. Por lo tanto, su utilidad debe
ser evaluada por el volumen de la muestra, y debe ser considerada de acuerdo con el grado de
conocimiento que puede llegar a alcanzar.
3.1. Función exploratoria y descriptiva del caso jurídico
Una de las funciones más relevantes del caso de estudio es justamente la posibilidad
exploratoria, allí donde el derecho se enfrenta con realidades emergentes o poco investigadas.
Cuando afloran fenómenos nuevos como por ejemplo los conflictos que surgen a partir de
nuevas tecnologías, los modelos económicos disruptivos o las innovaciones regulatorias, el
investigador muchas veces no cuenta con marcos teóricos consolidados y con información
cuantitativa suficiente al respecto (Chacha et al., 2021). En esa circunstancia, el caso de
estudio permite entrar en un terreno poco conocido a efectos de identificar variables, preguntas
pertinentes y formular las primeras hipótesis que orienten las posteriores investigaciones de
mayor amplitud.
En paralelo a esa función exploratoria, el caso de estudio tampoco deja de tener una
función descriptiva de gran relevancia (Obando-Peralta, 2024). La investigación sobre el
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derecho no se centra exclusivamente en las normas escritas, no obstante, también tiene en
cuenta la forma concreta en que funcionan dentro de verdaderas instituciones y en prácticas
sociales concretas. La descripción que se pretende aquí no puede ser trivial ni descriptiva; por
consiguiente, es una descripción "densa", que recoge formas de procedimiento, rutinas
informales, lenguajes, tensiones, creencias sobre justicia e interacciones. De este modo, el
derecho no puede considerarse abstracto, sino que se convierte en derecho en acción.
Por lo tanto, esta doble función convierte al caso de estudio en una herramienta
particularmente útil para representar problemas jurídicos complejos. Explorar permite abrir
caminos cuando el conocimiento es limitado; describir permite mostrar de manera precisa, la
forma concreta de los fenómenos. Ambas perspectivas se refuerzan mutuamente. El
investigador (jurídico) que maneja esta metodología puede localizar áreas problemáticas del
orden normativo, y, además, puede hacer ver cómo las instituciones y los operadores traducen,
reinterpretan o incluso distorsionan el mandato legal en la práctica cotidiana.
3.2. Función analítica, contextualizadora e integradora
Más allá de la exploración y la descripción, el caso de estudio cumple una función
analítica y explicativa que le permite ir más allá de la singularidad del fenómeno investigado. A
partir del análisis detallado del caso, el investigador puede llegar a identificar patrones,
relaciones, secuencias causales y mecanismos de funcionamiento que no siempre afluyen al
alcance de análisis de mayor amplitud o que tienden a ser más abstractos (Almache et al.,
2023). De este modo, el caso de estudio se dirige a relatar qué ha sucedido, e intenta dar
cuenta de cómo ha sucedido y por qué ha sucedido. Esa capacidad explicativa permite la
generación de hipótesis y el desarrollo gradual de la teoría jurídica.
Al mismo tiempo, esta metodología tiene una función contextualizadora y
humanizadora del derecho. Contrariamente al formalismo que tiende a convertir a las personas
en meras categorías procesales, el estudio de caso recupera los rostros, intereses, temores,
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estrategias y contradicciones de los sujetos actores del problema. También coloca el problema
en su tiempo histórico y en su realidad social, evidenciando que las decisiones jurídicas no
surgen en el vacío de la norma, sino que son el resultado de estructuras de poder, de valores
culturales, de procesos políticos concretos. En definitiva, el derecho se asimila a la experiencia
social y no meramente a la subsunción lógica.
Por último, el estudio de caso también tiene una importante función integradora,
permite el diálogo entre el derecho y otras disciplinas y áreas problemáticas, pues, problemas
como la violencia de género, los conflictos ambientales, la justicia juvenil y la implementación
de políticas públicas no pueden ser comprendidos desde una única perspectiva. La
metodología de caso permite la articulación de las miradas jurídicas, sociológicas,
criminológicas, históricas, antropológicas y politológicas sobre un mismo objeto de estudio. A
partir de ello se establece una comprensión s completa, matizada y útil del fenómeno
jurídico, aportando en ese sentido al carácter interdisciplinario de la investigación en la
actualidad.
4. Herramientas del método y puesta en práctica del estudio de caso.
La fuerza del estudio de caso radica tanto en su formulación teórica como en el
conjunto de instrumentos que permiten recoger, contrastar e interpretar la información relevante
para el fenómeno en estudio. En la investigación jurídica la profundidad del estudio tiene que
ver estrechamente con la capacidad del investigador(a) de observar, documentar, interrogar y
valorar críticamente las pruebas que están a disposición. A esto también se suma la necesidad
de demostrar la operatividad de la metodología en situaciones reales. Por ello, la puesta a
examen práctico de un caso penal resulta el lugar idóneo para mostrar cómo las categorías del
método toman sentido en un contexto concreto.
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4.1. La observación, el análisis de documentos y las entrevistas para la investigación del
aspecto jurídico.
Cabe señalar, que la observación es sin duda uno de los primeros momentos más
relevantes dentro del estudio de caso; mediante ésta, el investigador puede percibir conductas,
costumbres, funcionamiento, interacciones y detalles que no aparecen en los documentos
escritos (Jiménez, 2022). Así, por ejemplo, en el ámbito jurídico la observación puede
producirse desde una posición externa (pensemos en presenciar una audiencia sin intervenir) o
desde una modalidad participante (pensemos en el investigador que entra en una determinada
institución para aprehender su funcionamiento).
La observación es en estos supuestos el momento en el que podemos aproximarnos a
la práctica jurídica real y detectar dimensiones que, a menudo, se escapan del análisis
estrictamente normativo. Cuando se habla del análisis de documentos se hace referencia a uno
de los elementos fundamentales en la investigación del aspecto jurídico. Expedientes,
resoluciones, informes periciales, normas legales, partes policiales, registros de actividades,
documentos históricos, notas de prensa, correspondencias personales pueden aportar
información decisiva para la resolución del mismo.
Ahora bien, esos documentos no tienen que ser leídos de manera ingenua; el
investigador tiene que preguntarse quién los ha elaborado, con qué objetivo, qué explicitan y
qué tipo de silencios encierran; solo un examen crítico y sistemático convierte al documento en
un medio de prueba que permite reconstruir el fenómeno jurídico que constituye el objeto de
estudio con suficiente profundidad (Aguirre & Pabón, 2023). La entrevista a fondo del
informante completa este conjunto metodológico al dar acceso al "punto de vista" de los
actores. La entrevista semiestructurada, que contrasta con la pauta de interrogatorio, propicia
una conversación dirigida, flexible y centrada en los significados que determinada acción o
relación atribuida por el entrevistado. El investigador jurídico ocupa aquí un papel equivalente al
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del oyente activo, la persona capaz de movilizar el discurso sin invadirlo, capaz de encontrar
una solución virtuosa a la tensión que existe entre la dirección de la conversación y la apertura
de la misma.
4.2. Aplicación metodológica para un caso de homicidio culposo
Al aplicarlo a un caso de homicidio culposo propuesto en un accidente de tráfico
dentro del sistema penal panameño, podemos ver su utilidad sin lugar a dudas. En esta
situación, el caso tiene que iniciar de una delimitación normativa en la que el bien jurídico
protegido debe ser ya evidenciado a partir de este punto junto con la clasificación previa del
hecho. El investigador, sea fiscal, defensor o académico, no solo analiza un acontecimiento
trágico, sino que analiza un acontecimiento jurídicamente relevante cuya comprensión exige
relacionar norma, prueba, contexto y conducta de los sujetos que lo han protagonizado
(Guanoluisa Almache et al., 2023).
El examen metódico del caso obliga a plantear interrogantes sobre elementos
subjetivos, otros objetivos y circunstanciados (Código Penal de Panamá, 2016). Se ha de
establecer quién es la víctima y quién es el conductor, la existencia o no de vínculos anteriores
entre ellos, los antecedentes relevantes, condiciones meteorológicas, el alumbrado, la
señalización vial, la ubicación del acontecimiento y otras circunstancias que puedan ayudar a
reconstruir el hecho. Todas estas variables son elementos para determinar si estamos en
presencia de una conducta culposa o si, por el contrario, se tiene que analizar la existencia de
indicios que obliguen a considerar una hipótesis diferente que contemple siquiera de forma
excepcional la existencia de dolo.
En este sentido, la recogida de prueba en un caso de estas características exige
acudir a partes policiales, informes planimétricos, pericias de mecánica de accidentes o a
testimonios presenciales, todo ello dentro de la órbita del curso del debido proceso. En todo
caso reviste una especial importancia la valoración crítica del testimonio, ya que la percepción
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del testigo puede ser fuente de útiles inferencias, pero no sustituye el examen técnico de la
prueba. La misión del investigador jurídico será la de contraponer las valoraciones subjetivas
con los datos objetivos del expediente, evitando las conclusiones precipitadas y construyendo
una explicación justificada, coherente y jurídicamente sostenible.
CONCLUSIONES
Por lo tanto, en primer lugar, puede concluirse que el caso es una metodología
particularmente apta para la investigación jurídica así entendida como una forma de limitar la
visión del derecho como un mero sistema normativo de carácter abstracto. Su principal
aportación consiste en permitir establecer una forma ordenada, profunda y contextualizada de
abordar hechos jurídicos concretos, pues sabe integrar hechos, normas, actores e instituciones
en una misma unidad de análisis. De tal modo, el caso deja de ser entendido como expediente
o sentencia, se convierte en una materia de conocimiento, compleja, sometido a una posible
interpretación crítica y sistemática.
De forma complementaria, puede concluirse que la correcta delimitación conceptual del
caso da cuenta de una condición sine qua non para la seriedad del todo de la investigación.
En efecto, no toda materia jurídica puede ser estudiada adecuadamente sin antes haber hecho
una delimitación precisa del caso: de su alcance, de sus fronteras analíticas y del problema u
objetivo que orienta su estudio. La investigación jurídica en sentido estricto no puede
entenderse simplemente como la acumulación de documentos, por el contrario, debe
comprenderse como una elección fundamentada del fenómeno a estudiar, razón por la que la
pregunta de investigación se constituye en el auténtico eje organizador del caso y en el criterio
que le da lugar para profundizar, darle validez y valor científico.
Por su parte, esta labor permite concluir que los componentes y el contexto de un
determinado caso entre sí son dos partes que van de la mano en cualquier investigación
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jurídica seria, y más aún llegado el caso: un fenómeno jurídico no se podría explicar de manera
suficientemente sólida sólo si se analiza desde el punto de vista formal, o incluso desde el
punto de vista del contexto social, histórico, económico y de lo institucional que le dé sentido.
Los participantes en un caso, el contexto temporal, el espacio donde se produce un conflicto, y
la manera en que se relacionan, constituyen elementos básicos de un caso para poder ofrecer
una visión de una realidad de una manera holística, y por tanto el estudio del caso exige una
mirada global, relacional y jurídicamente fundamentada de la realidad analizada.
Puede sostenerse, así mismo, que la clasificación del caso como intrínseco,
instrumental o colectivo no es una simple formalidad de corte doctrinal ni una interpretación
arbitraria de las realidades que puede transmitir dado que representa una opción metodológica
que determina el sentido de esa investigación. Cada tipo de caso tiene una manera distinta de
orientar la elección del objeto de estudio, profundizar su análisis, y derivar las inferencias
posibles. En tanto que el caso intrínseco da predominancia a lo excepcional y la singularidad
del fenómeno, el caso instrumental lo utiliza como vía para llegar a entender otros fenómenos y
el caso colectivo posibilita ir reconociendo patrones comparativos. Esto, por lo demás, permite
enriquecer la coherencia interna del estudio y orientar con claridad la meta científica del mismo.
Por otro lado, se concluye que el estudio de caso asume funciones exploratorias y
descriptivas de gran magnitud en el marco del desarrollo de la ciencia jurídica contemporánea.
Este se enfrenta a fenómenos emergentes, cambios tecnológicos y transformaciones
institucionales y, en cuanto metodología, nos ofrece rutas iniciales de abordaje en la medida en
que sus teorías no se encuentran todavía suficientemente consolidadas. Por otra parte, facilita
el establecimiento de descripciones densas de prácticas, rutinas, percepciones y dinámicas que
no suelen ser advertidas a partir del análisis estrictamente normativo. En este sentido, el
investigador jurídico se encuentra con la dificultad tanto de identificar las reglas aplicables, e
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igualmente comprender, cómo el derecho opera efectivamente en instituciones, conflictos y
experiencias concretas.
Del mismo modo, se podría afirmar que el caso de estudio cuenta con una gran
capacidad analítica y teórica, desmitificando la idea de que un único caso es de poca o ninguna
utilidad para la producción de conocimiento generalizable. De hecho, cuando el investigador
estudia con rigor las relaciones entre hechos, decisiones, actores y contextos, puede deducir
patrones, mecanismos de tipo causal e hipótesis explicativas de gran valor. En esta dimensión,
el estudio de caso no se limita a la mera descripción de los sucesos acaecidos,
consecuentemente, procura dar cuenta del mismo, de por qué aconteció y cómo, jurídicamente,
se enlaza. Es su aportación teórica, en definitiva, una vez más, precisamente, la de aquella
capacidad para explicar y para reconstruir.
Desde otro punto de vista, conviene señalar que esta metodología, al poderse utilizar
para la contextualización y la humanización del derecho, es capaz de afrontar aquella
tendencia formalista que tiende a reducir los conflictos a categorías procesales impersonales.
Se logra que la centralidad regrese a las personas, a sus motivaciones, sus estrategias, sus
tensiones, sus condiciones históricas, etc.; ello permite entender que tras cada expediente
existe una biografía de vida, unas relaciones de poder, unas desigualdades y unas decisiones
institucionales que inciden en el resultado jurídico final, con lo que el estudio de caso refuerza
una visión del derecho más crítica, sensible y real, en su condición de fenómeno social
encarnado.
Por último, se concluye que el estudio de caso se dirige a exponer una metodología de
investigación en el derecho, y en esa dirección, a constituirse en una herramienta formativa del
profesional del derecho. De su práctica se ven favorecidas capacidades de observación,
argumentación, de contraste de evidencias, de escucha crítica y de interpretación compleja de
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los hechos. Y de su práctica se deriva también el fomento del diálogo interdisciplinario, con el
análisis jurídico nutriéndose de aportaciones que provengan de la sociología, de la historia, de
la criminología, de la antropología o de la ciencia política. En definitiva, el estudio de caso
refuerza la investigación jurídica aproximándola, con más rigor, alcance o profundidad y con un
sentido humano a la realidad social que la regula.
Declaración de conflicto de interés
Declaro no tener ningún conflicto de interés relacionado con esta investigación.
Declaración de contribución a la autoría
Noé Alejandro Villarreal Alberola: metodología, conceptualización, redacción del borrador
original, revisión y edición de la redacción
Declaración de uso de inteligencia artificial
El autor declara el uso de la Inteligencia Artificial como apoyo para este artículo, y que
esta herramienta no sustituyó de ninguna manera la tarea o proceso intelectual, manifiestan y
reconocen que este trabajo fue producto de un trabajo intelectual propio, que no ha sido
publicado en ninguna plataforma electrónica de inteligencia artificial.
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