DOI: https://doi.org/10.71112/7kwmgf78
21 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 2, 2026, abril-junio
enfoque constituye particularidades jurídicas, dotando de derechos colectivos e individuales a
los elementos naturales de los ecosistemas con la finalidad de garantizar su permanencia en
los entornos donde interactúa (Molinares, 2023).
En este sentido, el enfoque biocéntrico resalta que todos los seres vivos tienen en sí un
valor intrínseco, no necesariamente del género humano. Establece que las plantas, animales y
microorganismos son parte de un mismo ecosistema en el cual se encuentran entrelazados e
interdependientes. La vida misma está dotada de un valor equivalente a la dignidad
antropocéntrica. La Constitución ecuatoriana del 2008, bajo esta concepción filosófica, fue la
primera en reconocer derechos a la naturaleza, desde su mismo preámbulo lo identifica como
la Pacha Mama, palabras propias de los grupos indígenas del país, remarcando que todas las
personas somos parte de ella y por tanto se constituye vital para nuestra existencia.
Por otro lado, el enfoque ecocéntrico va más allá del biocentrismo, al considerar a las
redes ecológicas y sistemas ecológicos como sujetos constitutivos de derechos, expandiendo
la protección al desarrollo cotidiano del ambiente y su continuidad sin alteraciones, enfatizando
la interconexión del sistema ecológico y los seres vivos que lo rodean, reconociendo a la
Pachamama como sujeto íntegro de protección y cuidado. Además, considera que los efectos
ambientales negativos vulneran sus derechos obligando al Estado a desarrollar mecanismos de
restitución y no repetición en zonas verdes (Camacho, 2023).
Estos dos enfoques enfrentan desafíos significativos en el mundo jurídico, siendo
compleja la jerarquización de sus derechos con diversas formas de vida e incluso en la
aplicabilidad de límites y mecanismos de reparación en zonas ecológicas complejas (Molinares,
2023). El sumak kawsay, dentro del contexto filosófico, se constituye en una forma de mirar los
objetivos de desarrollo sobre la base de la doctrina ancestral: todo ser vivo del planeta se
constituye en un aspecto necesario para el sostenimiento del ecosistema (Grijalva, 2009).