Forma Descripción generada automáticamente
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Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias
Volumen 3, Número 1, 2026, enero-marzo
DOI: https://doi.org/10.71112/5fc9p816
RESPONSABILIDAD DE LAS ACCIONES LEGALES SOLIDARIAS CONTRA EL
ESTADO DE HONDURAS POSTPANDEMIA COVID-19 DESDE LA PERSPECTIVA
DE ESPECIALISTAS
RESPONSIBILITY FOR JOINT LEGAL ACTIONS AGAINST THE STATE OF
HONDURAS POST-COVID-19 PANDEMIC FROM THE PERSPECTIVE OF
SPECIALISTS
Claudia Patricia Andino Maldonado
Claudia Patricia Brito Rodriguez
Delmy Aracely Jimenez Membreño
Honduras
DOI: https://doi.org/10.71112/5fc9p816
869 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 1, 2026, enero-marzo
Responsabilidad de las acciones legales solidarias contra el estado de Honduras
postpandemia COVID-19 desde la perspectiva de especialistas
Responsibility for joint legal actions against the state of Honduras post-COVID-19
pandemic from the perspective of specialists
Claudia Patricia Andino Maldonado
claudiaandino27@email.com
https://orcid.org/0009-0007-0488-3809
Universidad Pedagogica Nacional Francisco
Morazán (UPNFM)
Honduras
Claudia Patricia Brito Rodriguez
cbrito@upnfm.edu.hn
https://orcid.org/0009-0009-7696-3245
Universidad Pedagogica Nacional Francisco
Morazán (UPNFM)
Honduras
Delmy Aracely Jimenez Membreño
Djimenez@upnfm.edu.hn
https://orcid.org/0009-0007-7331-3840
Universidad Pedagogica Nacional Francisco
Morazán (UPNFM)
Honduras
RESUMEN
Este estudio analiza la responsabilidad solidaria del Estado hondureño en el ámbito laboral,
destacando su fundamento constitucional claro, pero expone limitaciones significativas en su
aplicación, especialmente en crisis como la pandemia de COVID-19. Aunque la normativa
establece un régimen de responsabilidad, la falta de legislación específica y la fragmentación
jurisdiccional dificultan la protección efectiva de los derechos laborales. Las conclusiones
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subrayan la necesidad de reformas normativas y la mejora en la ejecución de sentencias para
garantizar que dicha responsabilidad tenga un impacto real. Sin estos cambios, el riesgo de
que la responsabilidad estatal se mantenga como un formalismo sin efecto real es alarmante,
comprometiendo así el Estado de derecho en Honduras.
Palabras clave: responsabilidad solidaria; derechos laborales; estado hondureño; crisis;
reformas normativas.
ABSTRACT
This study analyzes the joint and several liability of the Honduran State in the labor sphere,
highlighting its clear constitutional basis but exposing significant limitations in its application,
especially during crises such as the COVID-19 pandemic. Although the regulations establish a
liability regime, the lack of specific legislation and jurisdictional fragmentation hinder the
effective protection of labor rights. The conclusions underscore the need for regulatory reforms
and improved enforcement of judgments to ensure that this liability has a real impact. Without
these changes, the risk of state liability remaining a mere formality without real effect is
alarming, thus compromising the rule of law in Honduras.
Keywords: joint and several liability; labor rights; honduran state; crisis; regulatory reforms
Recibido: 10 enero 2026 | Aceptado: 1 febrero 2026 | Publicado: 2 febrero 2026
INTRODUCCIÓN
Desde la perspectiva del Derecho constitucional, la Carta Magna de Honduras (CN,
1982), constituye la norma jurídica de mayor jerarquía dentro del ordenamiento interno,
imponiendo al Estado la obligación indeclinable de garantizar los derechos fundamentales y de
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adoptar las medidas necesarias para asegurar su efectividad, incluso en contextos
excepcionales.
La pandemia provocada por el virus COVID-19 representó un escenario sin precedentes
para el ejercicio del poder público y la vigencia del Estado de derecho en Honduras, creando
tensión de manera directa entre la relación la protección de la salud pública y el respeto a los
derechos humanos. En este contexto tan diferenciado, el Estado hondureño se vio obligado a
adoptar y asumir decisiones urgentes, restrictivas de derechos, que modificaron de manera
sustancial el funcionamiento cotidiano y ordinario de la Administración Pública (Sanchez &
Romero, 2021), afirma que el conflicto que se da con las decisiones que deben tomar los
gobiernos es que pueden y han dejado una gran afectación entre su población.
Tales decisiones, aunque justificadas por la pandemia genero interrogantes jurídicas
relevantes sobre los límites del poder estatal, la legalidad de las medidas adoptadas y,
especialmente, sobre la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños ocasionados a
particulares durante la gestión de la crisis (Villalobos, 2023).
En la emergencia sanitaria, generada por la pandemia los derechos humanos y límites
constitucionales, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos (ACNUDH / OHCHR, 2020), subrayó la necesidad de prestar especial atención al
denominado “núcleo duro de los derechos humanos”, aun en contextos de emergencia.
Con el fin de garantizar coherencia normativa, transparencia institucional y respeto a la
dignidad humana. En la misma línea, el Comité Español de Bioética (2020) enfatizó que la
protección de la salud no puede desvincularse del respeto a los principios éticos y jurídicos
fundamentales (CBE, 2020).
En Honduras, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto por la Presidencia del Consejo de
ministros (PCM-005-2020), usados para declarar el estado de emergencia sanitaria, de esta
manera se habilito la adopción de medidas temporales como el estado de excepción, la
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reasignación presupuestaria y la contratación de emergencia, encaminadas a la protección de
la salud pública el pueblo hondureño.
A este decreto se sumaron otros instrumentos normativos de carácter excepcional, como
el Decreto Legislativo 31-2020 y el Decreto Legislativo 33-2020, que establecieron medidas de
aceleración económica, protección social, auxilio al sector productivo y apoyo a los
trabajadores afectados por la pandemia. Estos decretos constituyen la base normative jurídica
central para el análisis de la responsabilidad del Estado en el período postpandemia, edemas,
condicionaron la gestión y acciones administrativas, de ahí que constituyen la base de múltiples
reclamaciones y cuestionamientos sobre transparencia y denuncias por posibles afectaciones a
derechos y patrimonios de muchos hondureños.
En este sentido el Decreto ejecutivo PCM-005-2020 preceptúa, la excepcionalidad de las
medidas no exonera al Estado de su deber de rendir cuentas, sino que exige un escrutinio aún
más riguroso de su actuación. En consecuencia, la Jurisdicción contencioso-administrativa y
responsabilidad estatal, en el ordenamiento jurídico, es la Ley de Procedimiento Administrativo
hondureño, de 1987, como la vía principal para reclamar la responsabilidad del Estado (Decreto
189-87), (CN, 1987).
Esta norma jurídica permite impugnar actos de la Administración Pública o solicitar su
nulidad y, en su caso, obtener indemnizaciones por los daños causados directamente por la
actuación administrativa. Complementariamente, la Ley de Procedimiento Administrativo
(Decreto 152-87), garantiza el debido proceso administrativo, regula la actuación de la
Administración y establece medidas para la protección de los derechos de los administrados,
para asegurar plazos razonables, notificaciones adecuadas en tiempo y forma y los
mecanismos de impugnación (Mendoza, 2023) (Ruiz & Gómez, 2023).
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No obstante, en la práctica judicial evidencia limitaciones estructurales para tramitar de
manera eficaz las reclamaciones derivadas de la pandemia, y en particular las relacionadas con
la responsabilidad patrimonial y la atribución de responsabilidad solidaria.
En consecuencia, las actuaciones estatales durante la crisis de la pandemia COVID -19
han generado demandas, planteando directamente la responsabilidad al Estado, en algunos
casos de manera solidaria con otros actores, por los daños ocasionados directa o
indirectamente. Sin embargo, la normativa vigente presenta vacíos que dificultan o impiden la
determinación clara de la responsabilidad, cuantificar el daño y como implementar los
mecanismos efectivos de reparación, tanto económica como no económica.
En este punto cabe destacar, que los vacíos normativos y desafíos en la responsabilidad
patrimonial del Estado, en la práctica la aplicación se reconoce la posibilidad de exigir total
responsabilidad al Estado cuando sus actos administrativos causan daños a particulares, en
Honduras persiste la ausencia de una ley moderna, clara y específica sobre la responsabilidad
patrimonial del Estado y la acción de repetición contra los servidores públicos. Esta carencia
normativa debilita la seguridad jurídica y limita la eficacia de las acciones legales solidarias.
En este sentido, I·CON (2023), sostiene “La pandemia ofrece una oportunidad para
profundizar en el análisis del contexto específico de las medidas adoptadas por las autoridades
políticas para enfrentar los riesgos asociados al COVID-19, permitiendo repensar los marcos de
responsabilidad estatal” (p.1528). Es decir, identificar las acciones causantes del daño, que
conlleven al análisis de sus fundamentos jurídicos y a su vez se pueda evaluar sus efectos
prácticos, ello resulta indispensables para comprender las dinámicas reales de la
responsabilidad estatal en el período postpandemia.
Dado que, el artículo 327 de la Constitución de la República establece “La Ley regulará
la responsabilidad civil del Estado”, esto a motivado al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) a
trabajar en la creación de una propuesta normativa orientada a la creación de una Ley de
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Responsabilidad Patrimonial del Estado y Acción de Repetición. No obstante, esta i9niciativa
no se ha concretado, por tanto, mientras dicha normativa no sea aprobada, subsistirán
incertidumbres jurídicas que afectan tanto a los administrados como a la propia Administración.
Por consiguiente, los estándares internacionales y control del poder público, las
restricciones a los derechos fundamentales que adoptaron durante la pandemia deben de
cumplir con los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y no discriminación. Es
decir, toda limitación debe estar prevista en una ley nacional de aplicación general e implica
vigencia al momento de su aplicación, que no sea arbitraria ni irrazonable, además debe ser
clara y accesible al público.
En este sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoció que la
magnitud y gravedad de la pandemia constituyo una amenaza real para la salud pública,
vulnerable para justificar las restricciones a determinados derechos, siempre que se respetaran
los principios antes mencionados (CIDH / OEA, 2020). Asimismo, tanto la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 27, como el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, en su artículo 4.1), permiten la adopción de medidas
excepcionales en situaciones que pongan en peligro la vida de la nación, siempre que no sean
incompatibles con las demás obligaciones del derecho internacional y no entrañen
discriminación alguna.
Desde una perspectiva doctrinal, Marks (2025), señala “El mundo es una familia” (p. 42),
lo que refuerza la necesidad de considerar el derecho internacional y las obligaciones estatales
en contextos de crisis, articulando la teoría general del Derecho Internacional Público, en ideas
de Valerio (2020). Afirma, “Esta visión amplía el análisis de la responsabilidad estatal más allá
del ámbito interno, integrando estándares internacionales de derechos humanos” (p.369).
De igual importancia, las garantías y perspectivas doctrinales previstas en la Ley de
Procedimiento Administrativo (Decreto 152-87) y desarrolladas bajo el criterio de la doctrina
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constituye el instrumento esencial para el equilibrio de la relación entre la Administración y los
particulares, de esta manera se asegura un procedimiento legítimo, justo y eficaz. Sin embargo,
en Honduras estas garantías han sido objeto de cuestionamientos respecto a su alcance real,
los estándares probatorios exigidos y las barreras institucionales que enfrentan las personas
afectadas para acceder a la justicia (Nash, 2018). En efecto, la corrupción puede ser entendida
como un fenómeno que involucra un abuso de poder para la obtención ilegítima de un beneficio
privado, económico o de otro carácter.
El jurista hondureño Orellana (2018), advierte, “Los estados de emergencia, las
autoridades deben actuar con especial prudencia en la toma de decisiones, dado que la
normativa vigente presenta falta de claridad en las directrices, lo que obliga a observar los
principios de la sana y buena administración, respetando los límites y la jerarquía normativa
establecidos por la ley” (p.237).
En este marco, el objetivo primordial es analizar la responsabilidad de las acciones
legales solidarias contra el Estado de Honduras en el contexto postpandemia de COVID-19,
desde la perspectiva de especialistas en derecho administrativo, constitucional y derechos
humanos, con el propósito de identificar los vacíos normativos, los desafíos procesales y las
oportunidades de fortalecimiento del sistema de responsabilidad estatal.
De manera específica, se busca:
1. Examinar el marco jurídico hondureño que regula la responsabilidad patrimonial y
solidaria del Estado, incluyendo las disposiciones constitucionales, la Ley de
Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, los decretos ejecutivos emitidos
durante la pandemia y las propuestas de ley sobre responsabilidad estatal y
acción de repetición.
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2. Identificar los principales tipos de acciones legales solidarias interpuestas contra
el Estado derivadas de la gestión de la pandemia, analizando sus fundamentos
jurídicos y efectos.
3. Explorar la percepción de especialistas en derecho público y derechos humanos
sobre la eficacia de estas acciones como mecanismos de reparación y rendición
de cuentas.
4. Determinar los vacíos y desafíos institucionales que limitan la aplicación efectiva
de la responsabilidad estatal y solidaria en Honduras.
METODOLOGÍA
La presente investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, orientado a
comprender de manera profunda el fenómeno de la responsabilidad del Estado y las acciones
legales solidarias en el ámbito del Derecho laboral, particularmente en el contexto hondureño
postpandemia de COVID-19.
Este enfoque permite analizar la realidad jurídica desde la experiencia, interpretación y
valoración de los actores directamente involucrados, considerando su interacción con el
entorno institucional y normativo en el que ejercen su labor profesional. En este sentido, el
estudio se centra en el análisis del fenómeno en su contexto natural, a la vez que fortalece la
comprensión del significado que los participantes atribuyen a las actuaciones estatales y a sus
consecuencias jurídicas y sociales.
Desde el punto de vista del diseño, de este estudio es de carácter exploratorio y
argumentativo, porque el objetivo es la riqueza, profundidad y calidad de la información, no la
cantidad ni la estandarización (Hernández y Mendoza, 2018, p. 330), en tanto aborda un objeto
de estudio que presenta desarrollos normativos incipientes y vacíos doctrinales relevantes en el
ordenamiento jurídico hondureño. Es decir, este tipo de investigación permite examinar causas,
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consecuencias y posibles soluciones vinculadas a la responsabilidad estatal en materia laboral,
especialmente frente a decisiones adoptadas durante la emergencia sanitaria.
En consecuencia, el análisis conduce a una reflexión crítica y descriptiva, que no se
limita a la exposición normativa, sino que integra valoraciones jurídicas, prácticas
institucionales y desafíos estructurales del sistema de justicia laboral (Hernández y Mendoza,
2018, p. 386).
Las unidades de análisis que estructuran el estudio son:
1. El marco jurídico de la responsabilidad estatal aplicable al ámbito laboral;
2. Las acciones legales solidarias interpuestas contra el Estado en el período
postpandemia;
3. La percepción de especialistas en Derecho laboral y administración de justicia; y
4. Los vacíos normativos y desafíos institucionales que inciden en la efectividad de
dichas acciones. Estas unidades permiten un abordaje integral del fenómeno,
articulando la dimensión normativa con la práctica judicial y administrativa.
La técnica de recolección de información empleada fue la entrevista semiestructurada,
por considerarse idónea para captar discursos, experiencias y valoraciones de los
participantes, sin limitar la profundidad de sus respuestas. Se realizaron entrevistas a 42
profesionales del Derecho, abogados litigantes, jueces laborales y administradores de justicia
especializados en materia laboral, quienes cuentan con experiencia directa en procesos
relacionados con reclamaciones, conflictos y acciones de responsabilidad contra el Estado
hondureño.
El muestreo utilizado fue por conveniencia porque estas muestras están formadas por
los casos disponibles a los cuales como investigadoras se tuvo acceso sustentado en la
selección deliberada de participantes que reunieran condiciones específicas relevantes para los
objetivos del estudio. Este tipo de muestreo resulta adecuado en investigaciones cualitativas,
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ya que no persigue la generalización estadística, sino la obtención de información significativa,
rica y contextualizada sobre el fenómeno analizado (Hernández y Mendoza, 2018, p. 433).
Los criterios de selección incluyeron la especialización en Derecho laboral, la
experiencia profesional durante el período de la pandemia y la participación directa o indirecta
en procesos vinculados a acciones legales contra el Estado. De esta manera, se garantizó que
las opiniones recabadas provinieran de actores con conocimiento sustantivo y vivencial del
objeto de estudio.
La información obtenida fue analizada mediante un proceso interpretativo, orientado a
identificar patrones, coincidencias y divergencias en los discursos de los participantes, lo que
permitió comprender cómo se perciben las acciones legales solidarias en el ámbito laboral,
cuáles son los principales obstáculos para su efectividad y qué oportunidades existen para
fortalecer el sistema de responsabilidad estatal. Este análisis cualitativo contribuye a una
comprensión crítica del fenómeno, integrando la dimensión jurídica con la realidad práctica del
Derecho laboral hondureño en el contexto postpandemia.
RESULTADOS
Los resultados que se presentan fueron organizados conforme al orden lógico de los
objetivos específicos de la investigación, con un análisis progresivo que inicia con el examen
del marco jurídico aplicable y culmina con la valoración de la eficacia institucional. Además, el
análisis se desarrolló a partir de una interpretación sistemática de las unidades de registro
(fragmento del discurso. Vaciado de entrevista), posterior se elaboro la síntesis Interpretativa
de los discursos de los especialistas en derecho laboral y administrativo, para ser contrastados
con las normas constitucionales, laborales y administrativas vigentes.
Este enfoque permitió articular la dimensión normativa con la práctica judicial y
administrativa, identificando convergencias, tensiones y vacíos estructurales. En consecuencia,
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los resultados ofrecen una comprensión integral del fenómeno de la responsabilidad solidaria
del Estado hondureño en el contexto postpandemia.
Marco jurídico de la responsabilidad patrimonial y solidaria del Estado
Los hallazgos evidencian un consenso sólido entre los entrevistados en cuanto a que el
marco constitucional hondureño establece de forma expresa la responsabilidad del Estado por
los actos de sus servidores, delimitando con claridad el alcance de sus competencias y las
consecuencias jurídicas de su actuación.
En particular, el artículo 324 de la Constitución de la República consagra el principio de
legalidad administrativa al establecer que los servidores públicos no poseen más facultades
que aquellas conferidas expresamente por la ley, configurando un régimen de responsabilidad
civil, penal, administrativa y laboral, incluso bajo esquemas de responsabilidad solidaria cuando
existe beneficio estatal directo (CN, 1982).
Desde la perspectiva de los especialistas, este mandato constitucional se extiende a las
instituciones descentralizadas, como las municipalidades de cada municipio, cuando el Estado
central recibe el beneficio del trabajo prestado, especialmente en contextos de contratación
indirecta.
Esta interpretación reafirma una solidaridad Estadomunicipio, coherente con los
principios protectores del Derecho laboral y con la finalidad reparadora del orden constitucional,
tal como lo reconoce la doctrina contemporánea en materia de responsabilidad estatal
postpandemia (Santana y otros, 2020) citan a Rodríguez (2017 ), afirman “La responsabilidad
civil es la obligación que puede recaer sobre una persona de reparar el daño causado a otra,
por sus propios actos o por los actos de personas o cosas que dependen de ella”.(p.272)
Significa, que es una obligación y un deber jurídico en el que se encuentra una persona,
por tal razón, donde exista una obligación, existe También la responsabilidad, en virtud de la
cual se exige la satisfacción o el cumplimiento de la obligación o la sanción. Asimismo, los
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entrevistados reconocen la acción de repetición del Estado como un mecanismo
constitucionalmente válido para recuperar el patrimonio público cuando los servidores actúan
con dolo o negligencia grave, reafirmando lo dispuesto implícitamente en el artículo 327
constitucional, que ordena al legislador regular la responsabilidad civil estatal.
Sin embargo, se identifica una debilidad estructural en la aplicación práctica de estos
principios, derivada de la ausencia de una ley específica que regule de forma sistemática la
responsabilidad patrimonial del Estado, situación que ha sido ampliamente cuestionada en
estudios recientes sobre gobernanza y control público (I·CON, 2023, p.1538).
Acciones legales solidarias en el contexto postpandemia
En relación con las acciones legales solidarias interpuestas contra el Estado de
Honduras tras la gestión de la pandemia, los resultados confirman que la jurisdicción
contencioso-administrativa, regulada por la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso-
Administrativo (Decreto 189-87), constituye la vía principal y formal para reclamar la
responsabilidad patrimonial y solidaria del Estado.
Los entrevistados coinciden en que esta vía resulta jurídicamente procedente, siempre
que se cumpla con el requisito previo e indispensable de agotar la vía administrativa, conforme
lo establece la Ley de Procedimiento Administrativo (Decreto 152-87).No obstante, también se
reconoce la existencia de jurisdicciones alternas, como los juzgados de letras en materia civil o
laboral, dependiendo del tipo de relación contractual.
Esta diferenciación responde al régimen jurídico aplicable Código del Trabajo o Ley de
Servicio Civil y determina tanto los plazos como las autoridades competentes, generando
complejidad e inseguridad jurídica para los trabajadores afectados (CN, 1993) . Este fenómeno
ha sido identificado igualmente en estudios comparados sobre litigios laborales contra el
Estado en contextos de crisis (Encinales y Mora, 2019, p.67)
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En el ámbito estrictamente laboral, el artículo 7 del Código del Trabajo emerge como el
eje normativo central para la imputación de responsabilidad solidaria, al establecer que el
beneficiario del trabajo responde solidariamente por salarios, prestaciones e indemnizaciones.
Los entrevistados coinciden en que esta norma resulta plenamente aplicable al Estado cuando
este obtiene un beneficio directo o indirecto del trabajo prestado, incluso cuando la contratación
se haya realizado mediante terceros.
La pandemia amplifico esta interpretación, generando un aumento significativo de
reclamaciones laborales basadas en despidos irregulares, contrataciones precarias y
vulneración de la continuidad laboral, en consonancia con el principio protector y el criterio pro
operario (CT, art. 7) (OIT, 2021)
Eficacia institucional y efectos de los decretos de emergencia
Desde la percepción de abogados, jueces y administradores de justicia especializados
en Derecho laboral, las acciones legales solidarias constituyen un mecanismo jurídicamente
válido, pero institucionalmente limitado.
Si bien existe un reconocimiento generalizado de su procedencia y fundamento
normativo, los especialistas señalan que las barreras procesales, la lentitud judicial y la
debilidad administrativa reducen significativamente su eficacia real como herramientas de
reparación integral (Sanchez & Romero, 2021)
Los Decretos Ejecutivos PCM (Presidencia del Consejo de ministros), emitidos durante
la pandemia, particularmente aquellos vinculados a contrataciones de emergencia y
flexibilización de procedimientos, son identificados como factores que incrementaron el riesgo
de responsabilidad estatal.
Según los entrevistados, estas normas redujeron la burocracia y permitieron respuestas
rápidas, pero al mismo tiempo debilitaron los mecanismos de control, transparencia y rendición
de cuentas, generando escenarios propicios para abusos, mala gestión de recursos y litigios
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posteriores, en contravención de los principios de legalidad y buena administración (CN, 1982;
CIDH / OEA, 2020) (Moranchel, 2020).
En este sentido, los especialistas destacan que la pandemia no creó nuevas figuras
jurídicas de responsabilidad, sino que intensificó la aplicación de normas ya existentes,
especialmente en contextos de colaboración interinstitucional, como ocurrió entre
municipalidades y el Estado central durante la gestión de triajes y contratación de personal
sanitario. Esta tendencia coincide con análisis doctrinales recientes que sostienen que las crisis
tienden a expandir la responsabilidad estatal, en lugar de restringirla (Valerio, 2020).
Vacíos normativos y ejecución de sentencias laborales
Los resultados revelan importantes vacíos normativos e institucionales que limitan la
efectividad de la responsabilidad estatal y solidaria en Honduras. Los entrevistados coinciden
en que no existe legislación vigente que exonere o limite la responsabilidad solidaria del
Estado, y que cualquier intento en ese sentido generaría graves vacíos de responsabilidad
contrarios al mandato constitucional de reparación e indemnización.
En este punto, se subraya que la Constitución mantiene plenamente vigente la
obligación estatal de responder por los daños ocasionados en el ejercicio del poder público
(CN, 1982, arts. 324 y 327).
En cuanto a la eficacia de los mecanismos judiciales y administrativos durante la
pandemia, los especialistas reconocen una ineficacia generalizada, caracterizada por procesos
colapsados, retrasos prolongados, inspecciones laborales incompletas y decisiones adoptadas
sin una adecuada evaluación de consecuencias. Esta situación derivó en la vulneración
sistemática de derechos laborales, lo que ha sido señalado también por informes
internacionales sobre el impacto del COVID-19 en la justicia laboral (OIT, 2021)
Finalmente, respecto al cumplimiento de sentencias laborales, los entrevistados
coinciden en que el Estado incurre en retrasos sistemáticos, cumplimiento parcial y uso de
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tácticas dilatorias, incluso frente a obligaciones derivadas de decisiones de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. El rol de los sindicatos y organizaciones de derechos
humanos fue valorado como irregular y desigual, con avances limitados por la falta de fuerza
institucional y recursos, lo que coincide con evaluaciones recientes sobre la protección
colectiva de derechos laborales en contextos de crisis (Morales, 2024) (CIDH, 2020).
En síntesis, los resultados evidencian que la responsabilidad solidaria del Estado
hondureño en materia laboral no solo se mantiene vigente, sino que se ha visto fortalecida en el
contexto postpandemia, tanto por la interpretación constitucional como por la aplicación
extensiva del artículo 7 del Código del Trabajo.
No obstante, la ausencia de reformas estructurales, la debilidad institucional y la
ineficacia en la ejecución de sentencias continúan siendo los principales obstáculos para
garantizar una reparación efectiva y oportuna, planteando desafíos urgentes para el
fortalecimiento del Estado de derecho y la protección de los derechos laborales en Honduras.
Resultados de Fundamento legal estructural
Tabla 1
Fundamento legal estructural
Código
Síntesis Legal
C1 / CE-01 / CE-04
El Art. 321 y 324 de la Constitución establece
la responsabilidad solidaria del Estado y sus
funcionarios por actos fuera de la ley. Los
funcionarios solo tienen las facultades
expresas de la ley (Principio de Legalidad).
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Tabla 2
Factor desencadenante (pandemia y PCM)
C5 / RL-1 / RSL-04
El Art. 7 del Código del Trabajo (CT) es el eje
de la responsabilidad solidaria: el beneficiario
del trabajo (el Estado o institución) es
solidariamente responsable por salarios y
prestaciones, incluso si la contratación fue
por terceros (ej. municipalidades).
C4 / IL-04
No existe normativa vigente que exima al
Estado de esta responsabilidad solidaria.
Código
Categoría
Impacto de los Decretos PCM
C3 / GP-1 / PCM-04
Impacto de los
PCM
Los PCM agilizaron la contratación (médicos,
triajes) y eliminaron burocracia, pero
generaron un "espacio inquietante" con
opacidad, falta de transparencia y riesgos de
mala gestión, lo que a su vez incrementó el
margen de actuación sin control y,
consecuentemente, el riesgo de
responsabilidad.
C5.3 / PI-1 / COVID-
04
Nuevas
Interpretaciones
La pandemia y las contrataciones de
emergencia permitieron ampliar la aplicación
del Art. 7 CT, fortaleciendo los reclamos de
responsabilidad solidaria contra el Estado
como beneficiario directo del servicio laboral.
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885 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 1, 2026, enero-marzo
Tabla 3
Procedimiento de reclamación
Tabla 4
Resultado y consecuencias
Código
Requisitos y Vías Procesales
C2.1 / C2.2 / CE-2 /
RCA-04
Es la vía principal y válida para reclamar la
responsabilidad patrimonial y solidaria del
Estado. Requisito Indispensable: Se debe
agotar previamente la vía administrativa (de
lo contrario, se vicia el procedimiento).
C2.3 / DE-1 / FL-04
Otras vías judiciales (ej. Juzgado de Letras
Civil) pueden ser aplicables. La vía procesal
(Secretaría del Trabajo vs. Contencioso-
Administrativo) depende del régimen de
contratación (Código del Trabajo, Ley de
Servicio Civil, Acuerdos Ministeriales).
C8 / EI-1 / MJ-09
Los mecanismos judiciales y administrativos
no fueron eficientes durante la pandemia,
evidenciando fallas sistemáticas y
prolongando los procesos.
Código
Conclusión de la Jurisprudencia y DDHH
DOI: https://doi.org/10.71112/5fc9p816
886 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 1, 2026, enero-marzo
DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS
Los resultados obtenidos permiten confirmar que la responsabilidad solidaria del Estado
hondureño en materia laboral posee un fundamento constitucional claro y vigente, pero
enfrenta serias limitaciones en su aplicación práctica, especialmente en contextos de crisis
como la pandemia de COVID-19. Esta tensión entre la solidez normativa y la debilidad
institucional constituye el eje central de la discusión, pues revela una brecha estructural entre el
deber jurídico del Estado y su capacidad real de garantizar una reparación efectiva a las
personas trabajadoras afectadas.
En primer lugar, el consenso identificado entre los especialistas respecto al alcance del
artículo 324 de la Constitución de la República refuerza la idea de que el principio de legalidad
C7 / JP-1 / JP-08
Existe vasta jurisprudencia consolidada: se
afirma que en el 95% de los casos se gana al
Estado, debido a la solidez de la base legal y
las deficiencias en los procedimientos
estatales.
C9 / AS-1 / SDH-10
La participación de sindicatos y DDHH fue
desigual (actuación pírrica en general),
aunque organizaciones de DDHH se
posicionaron como garantes del debido
proceso y estabilidad laboral
C10 / OI-12 / CST-11
Se percibe un incumplimiento sistemático del
Estado en relación a tratados internacionales
y un cumplimiento parcial/desigual de las
sentencias, llegando a permitir embargos.
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administrativa no solo delimita competencias, sino que activa un régimen amplio de
responsabilidad estatal, incluyendo la dimensión laboral cuando existe beneficio directo o
indirecto del trabajo prestado (CN, 1982).
Este hallazgo coincide con planteamientos doctrinales recientes que sostienen que, en
escenarios de emergencia, la responsabilidad del Estado no se atenúa, sino que se intensifica
debido al mayor impacto de las decisiones públicas sobre los derechos fundamentales
(Morales, 2024). Desde esta perspectiva, la solidaridad entre el Estado central y las
municipalidades, señalada por los entrevistados, se presenta como una consecuencia lógica
del modelo constitucional hondureño y del carácter protector del Derecho laboral (Galán, 2021).
No obstante, la discusión revela que esta interpretación progresiva del marco
constitucional contrasta con la ausencia de una ley específica de responsabilidad patrimonial
del Estado, lo que limita la operatividad real de la acción de repetición prevista implícitamente
en el artículo 327 constitucional (CN, 1982).
Esta carencia normativa ha sido señalada de manera reiterada en estudios
contemporáneos sobre gobernanza y control del poder público, los cuales advierten que la falta
de regulación clara favorece la impunidad administrativa y debilita la rendición de cuentas
(I·CON, 2023). En este sentido, los resultados confirman que el problema no radica en la
inexistencia de responsabilidad, sino en la falta de instrumentos eficaces para hacerla exigible.
En relación con las acciones legales solidarias interpuestas en el contexto
postpandemia, la discusión evidencia una fragmentación jurisdiccional que afecta directamente
el acceso a la justicia laboral. Si bien la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo
(Decreto 189-87) constituye la vía formal para reclamar la responsabilidad estatal, la
coexistencia de procesos en la jurisdicción laboral o civil, dependiendo del vínculo contractual,
genera incertidumbre y desventajas procesales para las personas trabajadoras.
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888 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 1, 2026, enero-marzo
Esta situación es consistente con análisis comparados que advierten que, en contextos
de crisis, la dispersión normativa y competencial suele operar en detrimento de los sectores
más vulnerables (Morales, 2024)
En este punto, el artículo 7 del Código del Trabajo adquiere una relevancia central en la
discusión, al consolidarse como el principal fundamento para imputar responsabilidad solidaria
al Estado cuando este actúa como beneficiario del trabajo, aun en esquemas de contratación
indirecta.
Los resultados confirman que la pandemia no modificó esta norma, pero sí expandió su
aplicación práctica, especialmente frente a despidos irregulares, contrataciones precarias y
rupturas de la continuidad laboral. Esta expansión resulta coherente con los estándares
internacionales de protección al trabajo en situaciones de emergencia, que exigen reforzar y no
debilitar las garantías laborales (OIT, 2020).
Desde la perspectiva institucional, la discusión pone de manifiesto que los Decretos
Ejecutivos PCM, aunque permitieron respuestas rápidas frente a la emergencia sanitaria,
generaron efectos colaterales significativos en materia de responsabilidad estatal. La
flexibilización de procedimientos administrativos y de contratación, si bien se justificó por
razones de salud pública, debilitó los mecanismos de control y transparencia, incrementando el
riesgo de abusos y litigios posteriores.
Esta tensión entre eficacia administrativa y respeto al principio de legalidad ha sido
ampliamente analizada por la doctrina contemporánea, que advierte que las emergencias no
suspenden la obligación del Estado de actuar con diligencia y responsabilidad (Valerio, 2020;
CIDH / OEA, 2020).
Finalmente, la discusión de los vacíos normativos y de la ejecución de sentencias
laborales revela uno de los hallazgos más críticos del estudio: la ineficacia estructural del
Estado para cumplir sus propias decisiones judiciales.
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889 Revista Multidisciplinar Epistemología de las Ciencias | Vol. 3, Núm. 1, 2026, enero-marzo
Los retrasos sistemáticos, el cumplimiento parcial de sentencias y el uso de tácticas
dilatorias, incluso frente a resoluciones internacionales, afectan gravemente la credibilidad del
sistema de justicia y refuerzan una percepción de impunidad institucional. Esta situación ha
sido documentada por organismos internacionales, que señalan que la pandemia profundi
debilidades preexistentes en la justicia laboral y en los sistemas de inspección del trabajo (OIT,
2021; ACNUDH, 2022).
En síntesis, la discusión permite afirmar que la responsabilidad solidaria del Estado
hondureño en materia laboral se encuentra jurídicamente consolidada, pero institucionalmente
debilitada. La pandemia actuó como un factor revelador y amplificador de problemas
estructurales ya existentes, evidenciando la urgencia de reformas normativas, fortalecimiento
institucional y mejora en la ejecución de sentencias.
Sin estos cambios, la responsabilidad estatal corre el riesgo de permanecer como una
garantía formal sin impacto real, comprometiendo la protección efectiva de los derechos
laborales y la vigencia del Estado de derecho en Honduras.
CONCLUSIONES
El análisis detallado de la responsabilidad solidaria del Estado hondureño en el contexto
postpandemia COVID-19 revela desafíos estructurales que afectan su aplicación efectiva. A
través de la discusión de los resultados, se hace evidente que, aunque existe un marco
normativo sólido, las limitaciones institucionales y la falta de regulación específica obstaculizan
la protección adecuada de los derechos laborales. Las conclusiones que siguen sintetizan los
hallazgos más relevantes y proponen reflexiones sobre la necesidad de reformas y mejoras en
el sistema de justicia laboral en Honduras.
1. La responsabilidad solidaria del Estado hondureño, fundamentada en la
Constitución, enfrenta limitaciones significativas en su aplicación, especialmente
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en situaciones de crisis como la pandemia de COVID-19, revelando una
disonancia entre la norma y la realidad institucional.
2. La falta de una legislación específica sobre responsabilidad patrimonial limita la
efectividad de la acción de repetición, lo que resalta la necesidad de un marco
regulatorio que sancione adecuadamente la impunidad administrativa y garantice
la rendición de cuentas.
3. La fragmentación jurisdiccional en las acciones legales contra el Estado,
exacerbada por la pandemia, afecta el acceso a la justicia laboral, evidenciando
que la dispersión normativa perjudica a los sectores más vulnerables durante
situaciones de crisis.
4. La ineficacia del Estado para cumplir sentencias laborales, junto con los vacíos
normativos, subraya la urgencia de reformas legales y mejoras en la
administración de justicia, para asegurar que la responsabilidad estatal tenga un
impacto real en la protección de los derechos laborales en Honduras.
Declaración de conflicto de interés
Las autoras Claudia Patricia Andino Maldonado, Delmy Aracely Jiménez Mebreño y
Claudia Patricia Brito Rodríguez, declaran que, en relación con el artículo titulado
“Responsabilidad de las acciones legales solidarias contra el Estado de Honduras
postpandemia COVID-19 desde la perspectiva de especialistas”, no existe ningún conflicto de
interés de carácter financiero, institucional, laboral o personal que pudiera influir de manera
inapropiada en el desarrollo, los resultados o las conclusiones de la presente investigación.
Asimismo, se deja constancia de que las autoras no mantienen relaciones de
financiamiento, patrocinio ni dependencia con instituciones públicas o privadas que puedan
generar conflictos de interés reales o potenciales. El trabajo ha sido elaborado íntegramente
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mediante el esfuerzo académico, intelectual y profesional de las investigadoras, sin la
intervención de terceros.
Declaración de contribución a la autoría
Autoras:
1. Claudia Patricia Andino Maldonado: Conceptualización, descripción del problema,
objetivos, diseño del estudio, análisis e interpretación de datos, redacción del borrador
original.
Certifico la contribución significativa a este trabajo y aprueba la versión final para su
publicación, asumiendo la responsabilidad intelectual de su contenido y asegurando que
es original y no ha sido publicado ni está en proceso de revisión en otro lugar, sin
financiadores.
2. Claudia Patricia Brito Rodríguez: Recolección de datos, curación de datos,
codificación de las categorías de análisis y subcategorías, revisión crítica del
manuscrito, aprobación final.
Certifico la contribución significativa a este trabajo y aprueba la versión final para su
publicación, asumiendo la responsabilidad intelectual de su contenido y asegurando que
es original y no ha sido publicado ni está en proceso de revisión en otro lugar.
3. Delmy Aracely Jiménez Mebreño: Metodología, Software, Validación, Supervisión.
Certifico la contribución significativa a este trabajo y aprueba la versión final para su
publicación, asumiendo la responsabilidad intelectual de su contenido y asegurando que
es original y no ha sido publicado ni está en proceso de revisión en otro lugar.
Declaración de uso de inteligencia artificial
Los autores declaran que utilizaron la inteligencia artificial como apoyo para afinar la
redacción de este artículo. Es importante destacar que esta herramienta no sustituye de
ninguna manera la tarea o el proceso intelectual de los autores. Después de realizar rigurosas
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revisiones utilizando diversas herramientas, se comprobó que no existe plagio, como consta en
las evidencias adjuntas.
Los autores manifiestan y reconocen que este trabajo es el resultado de un proceso
intelectual propio, el cual no ha sido escrito ni publicado en ninguna plataforma electrónica o de
inteligencia artificial. La contribución de la inteligencia artificial se limita a mejorar la claridad y
cohesión del texto, sin reemplazar la esencia y el contenido generado por los autores.
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